martes, 26 de enero de 2016

JIBARIZAR ABENGOA (José Manuel Cansino en La Razón el 25/1/2016)

Según la red de redes, el término jibarizar significa ‘reducir, disminuir’. Se usa generalmente con connotaciones negativas, y es un verbo bien formado que proviene de una metáfora que alude a la práctica de los pueblos jíbaros de cortar las cabezas y reducirlas. Su uso es cada vez más frecuente pare referirse a las reestructuraciones de empresas que buscan salir de una situación crítica troceándose, vendiendo parte de su estructura (en dinero o a cambio de quitas con acreedores) y quedándose con la parte más viable.


El término se usó hace poco por uno de los anónimos comentarios vertidos sobre una noticia que adelantaba la estrategia de la empresa para evitar entrar en el concurso de acreedores antes de la fecha límite del 28 de marzo. De resultar fallida esta estrategia, Abengoa protagonizará la mayor quiebra de la historia de la empresa privada española con una deuda total estimada en 20.000 millones de euros y un coste en términos de empleos directos e indirectos difícil de calcular con precisión.
Pero qué espacio hay en el mundo ‘mundial’ de los negocios para empresas como Abengoa. La respuesta, típica de los economistas, es depende. Si la apuesta principal es la energía solar podría tener espacio de desarrollo pero, principalmente, si se centra más en la energía solar fotovoltáica que en la tecnología termosolar (la que para algunos analistas ha sido clave para explicar el nivel de apalancamiento de la empresa).
Parte de la salida de su crisis está en ser competitivos en el coste de producción de la electricidad. Esto que parece una obviedad, no lo es tanto. Por ejemplo, la última subasta en Chile para otorgar una central de generación eléctrica renovable se ha cerrado en torno a 7 céntimos de dólar el kilovatio/hora; aproximadamente un céntimo por encima del precio ofertado por la tecnología eólica. Ya en 2014, diez estados norteamericanos disponían de energía solar con paridad de red en 11 céntimos de dólar. La paridad de red se alcanza cuando coincide el coste de producir un kilovatio/hora (KW/h) en un punto de consumo y el coste del kW/h suministrado por la red en ese mismo punto de consumo. Las cifras de la subasta chilena corresponden al denominado precio normalizado de la energía o LCOE (Levelized cost of electricity) y las expuso magníficamente el catedrático de ingeniería Antonio Gómez Expósito en el foro del Centro de debate y desarrollo. Los datos de paridad de red en EEUU están disponibles en el informe del Deutsche Bank “Dejemos que comience la segunda fiebre del oro” (Let the second gold rush begin).
Con el Acuerdo de París sobre Cambio Climático en la mano, la energía solar fotovoltaica tiene un recorrido extraordinario para los próximos años. Puede seguir siendo parte del negocio de la Abengoa jibarizada pero para eso debe salvar dos retos. El primero es que, si bien el coste de operación y mantenimiento de una planta solar fotovoltaica es capaz de generar electricidad a unos precios de paridad de red (sin necesidad de subsidios), queda el problema de conseguir la financiación para poner en marcha nuevas plantas y esto es muy difícil para una empresa muy endeudada con apenas acceso al crédito. Así las cosas, es razonable pensar que la pequeña Abengoa se quedaría con las plantas que ya están en producción declinando (o vendiendo) los proyectos en marcha o las concesiones conseguidas pero no iniciadas.

El segundo reto para Abengoa en conseguir avanzar en la tecnología de almacenamiento de energía eléctrica. El principal problema de gestión de un sistema eléctrico está en que la electricidad que se genera tiene que casar con la que en ese momento se consume. En otra situación hay que ‘regalarla’ si resulta excesiva (como hace Alemania a sus países vecinos). Las empresas de generación de electricidad renovable que logren desarrollar sistemas de almacenamiento tendrán un futuro muy favorable. Abengoa tiene una buena posición en I+D+i con su alianza con la Universidad Loyola, el problema es el tiempo. Los avances tecnológicos llevan una velocidad lenta y la fecha límite para evitar el concurso de acreedores finaliza el 28 de marzo.

jueves, 21 de enero de 2016

SERVICIOS SOCIALES EN ANDALUCÍA (José Manuel Cansino en La Razón el 18/1/2016)

La Junta de Andalucía acaba de anunciar con notable eco mediático el Proyecto de Ley de Servicios Sociales que garantizaría su blindaje al margen de cualquier coyuntura presupuestaria (incluido el límite del artículo 135 de la Constitución promovido por el último gobierno socialista). El blindaje debe entenderse en el sentido de que una parte de los derechos que recogerá la anunciada Ley se definen como 'subjetivos' y, por tanto, serían directamente exigibles por los ciudadanos ante los tribunales de justicia. El proyecto de Ley aclara, no obstante, que no todos los derechos sociales de los que se ocupará tendrán ese carácter de 'derechos subjetivos' sino que también los habrá de tipo 'condicionado' y, por tanto, para estos se rebaja el anunciado blindaje.

Resultado de imagen de asistencia social

Innegablemente los derechos de las personas representan una cuestión de primera magnitud desde todas les perspectivas, también la política. Por esa razón deberían abordarse con prioridad y rigor absoluto. Ese rigor pasaría por acompasar la cantidad de recursos económicos comprometidos con el esfuerzo publicitario desplegado. De lo contrario se estarían levantando una expectativas -principalmente en quienes más los necesitan- que serían finalmente defraudadas. Demasiado serio para prometer mucho y comprometer poco. Así que vayamos a los números que ha publicado la Junta de Andalucía para valorar si el despliegue mediático y, sobre todo, los mencionados derechos sociales se corresponden con el presupuestario.
El Presupuesto consolidado de gastos de la Junta de Andalucía para 2015 fue de 29.625.164.968 euros. Sin embargo, la cantidad que estaría destinada al cumplimiento de esta Ley de Servicios sociales sería de 1.686.097.241 euros. Así aparece detallado Por la propia Junta de Andalucía para 2015 en la Memoria económica del Anteproyecto de ley de servicios sociales. En definitiva, para "blindar" derechos sociales tan enfatizados por la política de comunicación de la Junta, la Administración Regional prevé destinar tan sólo el 5.69 % del total de su presupuesto consolidado de gastos. 
En lo demás, el Proyecto de Ley incorpora aspectos muy interesantes relacionados con la gestión pública y merecen subrayarse. La libre elección de profesional por parte del usuario es un camino a seguir recorriendo en el que la Administración regional ha sido pionera en el conjunto de España. El sistema debería completarse con algún incentivo económico para los profesionales mejor valorados y/o para los centros gestores que alcancen una mejor reputación. Sobre este particular hay, no obstante, un reparo importante y difícil de salvar por los responsables de la gestión pública de cualquier ámbito. Me refiero al problema de la información imperfecta y asimétrica entre usuarios y profesionales, esto es, el sistema de libre elección no impide que los usuarios elijan a los profesionales más simpáticos frente a los mejor capacitados que no tienen por qué coincidir. Se elige en función de lo que se percibe; de la información de la que se dispone. De esta forma es posible que se elijan a profesionales que se muestran más amables frente a otros menos simpáticos pero más capacitados. El usuario tiene más información sobre la amabilidad (es un dato observable) que de la capacitación (que sólo se sabe si se conoce la reputación del profesional basada en el historial de diagnósticos acertados que lo avalan). Sea como fuere, esto no es un problema de este proyecto de ley sino del ámbito general de la gestión.
También es interesante la incorporación de la herramienta de los contratos programa para garantizar la buena gestión de los centros gestores. Esta es una herramienta bien conocida que en España comenzó a aplicar Renfe y también el sistema sanitario público andaluz. Yo siempre utilizo un contrato programa del Hospital Virgen de Valme cuando abordo las diferentes herramientas de gestión pública orientadas a la eficiencia y a la eficacia.
Pero y volviendo a la cuestión central de la que nos ocupamos, deberían quedar en evidencia dos cuestiones, una de fondo y otra mucho más evidente. La cuestión de fondo es la preferencia que la sociedad española y la andaluza muestra por el asistencialismo público. Mayoritariamente se prefiere a un sector público proveedor (blindaje incluido) de una amplia carta de servicios públicos antes que menores impuestos que nos permitan con nuestro dinero elegir dónde se satisfacen nuestras necesidades. Hay una deificación de lo público y una satanización de lo privado que se ha traducido en el gran “consenso socialdemócrata”. Partidos de derecha o de izquierda coinciden en que el sector público debe ser el gran proveedor de servicios, que la carta de servicios considerados “esenciales” cada vez debe ser más amplia y que estos deben “blindarse” frente a posibles limitaciones presupuestarias bien sea incluyéndolos en la parte central de las leyes constitucionales o, como hace el proyecto de ley que comentamos, considerándolos derechos objetivos.

La otra cuestión, sin embargo, es que hay un grave desequilibrio entre la grandilocuencia con la que se exhiben iniciativas legales tan sensibles como esta y la cuantía presupuestaria que queda verdaderamente comprometida. En el caso que nos ocupa no alcanza ni al 5.7 % del presupuesto.

viernes, 15 de enero de 2016

¿La conspiración del petróleo barato? (José Manuel Cansino en La Razón el 11/1/2016)

A diferencia del mercado del gas natural que está más fragmentado, el mercado del petróleo crudo es esencialmente mundial y toma dos precios de referencia, el del barril de la variedad 'West Texas Intermediate' -WTI- (que se produce fundamentalmente en el sur de California y en Oklahoma) y el 'Brent' que se extrae esencialmente en Arabia Saudita y es el que sirve de referencia para Europa. La situación de tres países ha hecho que el precio del segundo haya caído a los 35 dólares por barril; dos dólares por debajo del WTI. Estos países son la propia Arabia Saudita (el principal exportador mundial de crudo), Irán y China.
 Resultado de imagen de terrorismo yihadista
La nueva caída del precio del petróleo (2016 es el segundo año consecutivo de bajada) tiene implicaciones económicas extraordinarias para la mayor parte de las economías desarrolladas que siguen siendo 'petro alcohólicas'. 
El mercado de petróleo tiene un problema de sobre producción y, como ocurriría con el precio de cualquier materia prima en un mercado relativamente libre, su precio tendría que caer como lo está haciendo. Goldman and Sachs (el mismo banco que estuvo en el origen del fiasco de las finanzas públicas griegas) estima que el precio del petróleo aún tiene margen de caída hasta los 20 dólares. Un precio de este tipo es perfectamente asumible por Arabia Saudita desde el punto de vista del coste de producción (estimado en unos 4 dólares por barril) pero no tanto desde la perspectiva de los ingresos fiscales de esta Petro Monarquía de Oriente Medio que dependen en un 70 % de las ventas de petróleo.
La nueva bajada del precio del 'Brent' ha sido impulsada por Arabia Saudita y responde, en buena medida, a su reciente enfrentamiento diplomático con Irán. La cuestión no es baladí pues después del acuerdo en materia nuclear de este país persa con Estados Unidos y otras potencias, justo en 2016 va a comenzar a exportar de nuevo petróleo. La bajada de precio de los saudíes es una sencilla estrategia comercial que busca mantener su cuota de mercado pero también es una decisión con consecuencias geopolíticas que perjudican a un país enemigo como Irán.
En el fondo sigue habiendo un problema de sobreproducción cuyo origen más plausible es el cambio que está experimentando la economía china -la gran consumidora mundial de todo tipo de materias primas, también petróleo crudo y refinado-. Los expertos en economía china (que ahora pululan por doquier) sostienen que está dejando de ser una economía basada en la inversión a ser una economía de consumo. La diferencia estriba en que el componente de inversión de la demanda agregada de un país tiene un efecto 'tractor' sobre el resto de la economía mucho mayor que el consumo. También tiene una necesidad más elevada de materias primas. 
Hasta aquí la explicación más lógica desde un punto de vista económico y geopolítico de la bajada del precio del petróleo, pero no me resisto a compartir otro análisis que no me ha dejado indiferente.
Como es sabido, la pugna por el control de los recursos naturales estratégicos es una preocupación central de los servicios de inteligencia y ha sido vivero tradicional de historias noveladas de conspiraciones. Una de ellas es la que el escritor y ex agente del KGB Daniel Estulin sostiene en su reciente libro 'Fuera de control'. Buena parte del libro es un compendio mal estructurado de opiniones ya vertidas pero, en esencia, sostiene que desde la aceptación de las teorías del Club de Roma del riesgo de agotamiento de recursos, los servicios secretos británicos se empeñaron en conducir al mundo islámico hacia una Edad Media basada en el odio al modelo de vida occidental que, de paso, lo abocaba a una economía permanentemente empobrecida y poco demandante de materias primas que quedaban así a disposición de Occidente. El vehículo principal para ese camino a la Edad Media era una lectura fundamentalista del Corán que usaba a Occidente como el gran enemigo cohesionador. Las consecuencias de una Edad Media religiosa con unas tecnologías del siglo XXI y los ingresos del petróleo ya las conocemos. Por esa razón alguien podría argumentar desde las teorías de la conspiración (o no) que una bajada del precio mundial del petróleo es un golpe a muchos intereses pero también a las finanzas del terrorismo yihadista.

miércoles, 6 de enero de 2016

EL ÉXITO DEL IMPUESTO AL SOL (José Manuel Cansino en La Razón el 4/1/2016)

Escribió con acierto George Lakoff “Quien domina el lenguaje, controla el mensaje y gana el debate”. Dos aplicaciones recientes de la máxima de Lakoff al ámbito económico español han sido los términos “IVA cultural” e “Impuesto al sol”. El primero no existía, esto es, no existía un tipo impositivo de IVA específicamente aplicado a la industria de la cultura pues grava a la mayoría de las industrias. Sin embargo, el ‘lobby’ (en sentido anglosajón y no peyorativo) de la cultura inventó con habilidad el concepto, lo puso en el debate y consiguió poner el foco en él. El segundo término tampoco ha existido nunca en normativa alguna. Existió el concepto de ‘peaje de respaldo’ y, finalmente, el artículo 17 del Real Decreto que regula el autoconsumo eléctrico, usa el término de ‘cargo’. Sin embargo, el ‘lobby’ de la industria fotovoltaica nucleado en torno a la Asociación UNEF, tuvo el acierto de acuñar el término y colocarlo en las conversaciones de cientos de miles de españoles. Verdaderamente es un logro mediático pues posiblemente sea el único término de una legislación tan compleja como la que regula al sector eléctrico que se ha popularizado.



El Real Decreto de Autoconsumo eléctrico (RD 900/2015 de 9 de octubre) es una norma compleja primero y polémica después. El orden no es caprichoso; precisamente porque no es nada fácil regular un sistema eléctrico para garantizar el suministro eléctrico de forma eficiente y barata, es fácil espigar aspectos parciales de su regulación para hacer lecturas interesadas que acaban en debates no siempre rigurosos.
Algunas cuestiones centrales sobre este asunto pueden resumirse en las siguientes.
En primer, debe quedar claro que no es sencillo pasar de un modelo de generación eléctrica tan centralizado como el que tenemos en España (con tres grandes compañías generadoras), a un sistema de generación distribuida con miles de pequeños generadores. La red eléctrica conforme se reduce la tensión de la electricidad que transporta se hace más ‘torpe’ y los riesgos de falta de suministro se multiplican. Por ejemplo, una placa solar tipo cuando hay sol puede producir una media de 1000 kilovatios, pero cuando pasa una nube la producción cae a 250 ¿Quién garantiza entonces que sigue habiendo suministro eléctrico? Efectivamente, no es un tránsito sencillo  pero parece que es un camino sin retorno máxime si se articula eficazmente el Acuerdo Climático de París que sigue respaldando la mayor presencia de las energías renovables.
En segundo lugar, el Real Decreto parece dispuesto a obligar a pagar dos veces a los consumidores con instalaciones de autoconsumo por uno de los dos principales conceptos de la factura eléctrica; el denominado ‘termino de potencia’. En resumen, parece que se obliga a pagar por la potencia contratada para acceder a la red eléctrica y por la potencia de la instalación de autoconsumo. Sobre esto, núcleo del concepto de ‘impuesto al sol’, conviene extenderse en un par de cuestiones.
Por una parte, la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto exime del pago de este cargo fijo a las instalaciones del Tipo 2 (las que pueden vender la electricidad sobrante) inferiores a 10 kilovatios. Sin embargo, al tratarse de una Disposición Transitoria, ésta puede desaparecer en cualquier momento dejando inalterado el resto de la norma pero dando al traste con el plan de inversión de quien decidió poner la instalación de autoconsumo. La inseguridad jurídica siempre es una vacuna contra las decisiones de inversión.
Por otra parte, el término de ‘potencia’ de la factura eléctrica parece ser el ‘comodín’ del régimen económico del sistema eléctrico. Un ejemplo bastará para evidenciarlo. Durante los años de crisis económica, cuando las empresas supervivientes redujeron su actividad y consumo eléctrico, decidieron también reducir la potencia eléctrica que tenían contratada para ahorrar costes. La reacción gubernativa ante tamaña reducción de ingresos del sistema fue subir en un 114 % este concepto de la factura.
Con todo lo anterior existen notables incertidumbres sobre cuál será el éxito del autoconsumo eléctrico. Desde luego nunca ha habido un cambio rápido en el patrón de comportamiento del consumo de electricidad por parte de los consumidores por lo que previsiblemente tampoco lo haya ahora. Es posible que el interés radique especialmente en las personas que tienen superficie suficiente para instalar los equipos de autogeneración y acceso a la financiación de los mismos. Particularmente interesante puede ser para las empresas agrícolas con sistemas de riego.
Entre 2007 y 2015 el precio de generación de la energía eléctrica fotovoltaica ha disminuido mucho.  Si en 2007 el precio era de 6 euros por vatio en horario pico de demanda, se espera que en breve se sitúe entre 1 y 2 euros. Parte de la explicación está en la importante reducción del precio del silicio usado en la fabricación de los espejos. Todo esto facilitaría la instalación de sistemas de autoconsumo una vez que se disipasen las incertidumbre legales; principalmente si se mantendrá o no la exención para las instalaciones inferiores a 10 kilovatios.
Un último dato que nos debe hacer pensar es la distribución geográfica de este tipo de energía. Mientras que Alemania tiene 44.000 megavatios instalados de energía fotovoltaica, en España –con muchas más horas de radiación- hay 4.200. Técnicamente esto significa que no se ha favorecido la eficiencia estática de este tipo de energía (instalar más en las zonas de mayor radiación) sino la eficiencia dinámica (instalar más en los países que más han invertido en I+D).
Sobre todas estas cuestiones hemos tenido oportunidad de aprender y cambiar impresiones en el Seminario acogido por la Cátedra de Economía de la Energía y del Medio Ambiente de la Universidad de Sevilla, bajo la dirección de María José Colinet y con amplia representación de las empresas del sector.