lunes, 4 de abril de 2016

¿DÉFICIT PÚBLICO? ¿Y QUÉ? (José Manuel Cansino en La Razón el 4/4/2016)

El 28 de Diciembre del año pasado, el mismo día en el que las organizaciones pro vida recuerdan a las víctimas del aborto, publiqué en esta página que uno de los tres grandes retos que el nuevo gobierno tendría que afrontar sería cuadrar las cuentas. Así se lo exige el Pacto de Estabilidad y Crecimiento Europeo y así se ha demostrado incluso superando las estimaciones de la propia Comisión Europea. Finalmente el Instituto Nacional de Estadística ha confirmado que el déficit público español en 2015 fue del 5.16 %, casi un punto por encima de lo permitido por Europa y peor que la estimación de incumplimiento que esperaba Bruselas y que sólo alcanzaba al 4.5 % del PIB.



En resumen más de 50.000 millones de euros de gasto por encima de los ingresos y eso que no se cuentan las ayudas a la banca que alcanzaron los 547 millones en 2015; una trampa contable como otra cualquiera y que, de haberse incluido hubiera elevado el déficit del conjunto de las administraciones públicas hasta el 5,23% del PIB equivalente a 56.608 millones de euros. Poco de esto parece importar en un país donde se puede ser doctora en Derecho Constitucional, Ministra y sostener que el dinero público no es de nadie; un prólogo perfecto para concluir que el déficit público importa poco o es del todo inocuo. Naturalmente ni Vd ni yo podemos hacer lo mismo pero esa es otra historia.
Parte de esa sensación social de que el déficit importa poco obedece a las muy tibias o inexistentes consecuencias para quienes incurren en él junto con la ausencia de compensaciones para las administraciones públicas cumplidoras.
Por una parte la Comisión Europea jamás ha sancionado a ningún país por incumplir sus compromisos de techo de déficit. La Administración Europea se limita a poner en marcha el denominado “protocolo de déficit excesivo” cuando algún país incumple pero todo acaba en el envío de un plan financiero trianual en el que el gobierno del país advertido se compromete a cumplir una batería de medidas hasta enjugar su déficit hasta una cuantía aceptada. Prueba de que esto es de una tibieza enorme es que España lleva ocho años consecutivos incumpliendo el techo de déficit pactado con Bruselas.
La otra explicación de esa limitada preocupación con la que se recibe la cifra de déficit hay que buscarla en las consecuencias que se derivan en España para las administraciones incumplidoras. España decidió por iniciativa del presidente Aznar llevar a rango de Ley el compromiso de Estabilidad Presupuestaria. No tenía por qué haberlo hecho; bastaría el compromiso del gobierno de turno pero así se decidió para mandar un mensaje de rigor presupuestario a nuestros socios en la Unión Europea.
La norma relevante en este asunto es la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Esta ley establece que cuando alguna de las administraciones que tenemos en España presentan déficit (la General, la Autonómica, la Local y la de Seguridad Social), se ponen en marcha una serie de mecanismos de corrección que pueden acabar en la imposición de multas severas. Por ejemplo, para las administraciones territoriales (general, autonómica y local) se debe poner en marcha la denominada regla de gasto que impide que éste aumente más que el crecimiento potencial de la economía, esto es, el 1.8 % actualmente. Pero si las administraciones no acaban ajustando sus gastos a sus ingresos, la Ley de Estabilidad Española incluye mecanismos sancionadores como la exigencia de realizar un depósito del 0,2% del PIB o la intervención por parte de la Administración General del Estado. Como pueden imaginar, jamás se ha multado a ninguna administración pública a pesar de que en algunos casos como Cataluña o Valencia, las desviaciones presupuestarias han sido sistemáticas y tan abultadas que entre estas dos regiones explican la mitad del exceso de déficit del que son responsables las Comunidades Autónomas. En el caso particular de Andalucía cerró 2015 con un déficit del 1,13 por ciento, medio punto (0,53) por debajo de lo alcanzado por la media de las regiones (1,66).
Todo apunta a que el Ministro de Hacienda en funciones va a limitarse a instar a las incumplidoras a que hagan un acuerdo de no disponibilidad para garantizar que los nuevos recursos que van a recibir este año (10.000 millones de euros) no vayan a incrementar el gasto, sino a financiar el que ya tenían en 2015 y a corregir el déficit.
En resumen, el déficit público preocupa socialmente muy poco y las sanciones que reciben los incumplidores son tan suaves que en nada se parecen a las que cualquier ciudadano podría esperar cuando no equilibra sus cuentas. Recientemente un reputado profesor de Economía Pública reflexionaba sobre la posibilidad de llevar a las administraciones públicas incumplidoras ante los tribunales ordinarios de justicia. Una propuesta, sin duda, a estudiar.
Pero quedémonos con un dato esperanzador. El dato es el de la evolución del déficit primario, esto es, el déficit que queda una vez que descontamos los intereses pagados por la deuda. El déficit primario es mejor reflejo de la política presupuestaria actual ya que el déficit público global (que incluye el pago por la deuda) arrastra la inercia de déficit anteriores que se tuvieron que financiar emitiendo deuda pública incluso cuando, en un alto riesgo de pedir el rescate, España tenía que pagar una prima de riesgo altísima. El déficit primario se ha reducido del 2.4 % del PIB en 2014 al 2.1 % en 2015; algo es algo, y a ello han contribuido favorablemente las administraciones locales. Pero no nos engañemos. La disciplina presupuestaria exhibida por las administraciones locales (esencialmente ayuntamiento, cabildos y diputaciones) responde a que se acogieron al Plan de Pago a Proveedores y ello limita extraordinariamente su capacidad discrecional de gasto.


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