lunes, 15 de febrero de 2016

DERECHOS AZULES, MORADOS Y GOOGLE (José Manuel Cansino en La Razón, el 15/2/2016)

El 30 de Julio de 1937 comenzó en España a diseñarse un sistema económico fuertemente intervenido que, no obstante, tenía algunos precedentes notables. El camino hacia el intervencionismo económico lo inauguró la creación del Servicio Nacional del Trigo por Decreto el 23 de agosto del mismo año en mitad de una guerra fraticida. A esa medida –abiertamente antiliberal- se sucedieron la creación de las Magistraturas de Trabajo en 1938 así como los hitos que pusieron las bases del sistema de la Seguridad Social actual. Resumidamente algunos de estos hitos fueron la reforma del Instituto Nacional de Previsión, la creación del Instituto Social de la Marina, la ampliación de los seguros de vejez, de accidentes y maternidad de 1923, el subsidio familiar así como la transformación del retiro obrero de 1919 y el seguro de paro forzoso de 1931 hasta convertirlos en un sistema de protección frente al desempleo.


(Silo o almacén de trigo)

Este proceso lo fue de “constitucionalización” de derechos por cuanto emanaban de una Ley Fundamental como fue la del Fuero de los Españoles (con el precedente del Fuero del Trabajo). El proceso no sólo derivó en una economía fuertemente intervenida sino que fue el detonador de un gran crecimiento del gasto público toda vez que la atención de los mencionados derechos exigió un importante esfuerzo inversor en infraestructuras –principalmente sanitarias- y de contratación de personal.
El intervencionismo creciente no se detuvo únicamente en la puesta en marcha de un “estado social” sino que también afectó determinantemente al sistema financiero con la nacionalización en 1962 del Banco de España, hasta entonces una institución técnicamente privada.
Todos los derechos sociales mencionados, incluso las instituciones aludidas, se mantuvieron tras el proceso de liberalización de la economía española iniciado con la puesta en marcha del Plan Nacional de Estabilización Económica de 1959 y la irrupción de los gobiernos denominados “tecnocráticos”. En rigor no sólo se mantuvieron sino que se fueron ampliando y modernizando progresivamente.
Para entender la supervivencia y ensanchamiento del Estado del Bienestar hay que considerar dos aspectos. El primero es el de las transversalidad ideológica de su nacimiento. Por ejemplo, si en España la arquitectura del Estado del Bienestar arrancó en 1938, en el Reino Unido se implantó tras el impulso del Informe Beveridge presentado en 1942. En el caso británico, las aportaciones previas del conservador Benjamín Disraeli resultaron cruciales para entender cómo se llegó al mencionado Informe Beveridge. Por añadir sólo un ejemplo más, en Suecia el origen del Estado del Bienestar se retrotrae a 1918 con la nueva Ley de los Pobres aprobada por un gobierno de coalición entre liberales y socialdemócratas.
El segundo aspecto sin el que no se entiende la supervivencia del intervencionismo económico ni tampoco la actual demanda de “constitucionalización” de nuevos derechos sociales lo aclaró hace años Charles Wolf en su libro “Mercados o gobiernos. Elegir entre alternativas imperfectas”, traducido al español por el Instituto de Estudios Fiscales en 1995.
Wolf explicaba que la demanda de bienes públicos (léase derechos sociales) por los ciudadanos tenía un componente diferente de la demanda de bienes privados. La diferencia tal consistía en que los ciudadanos estaban convencidos de que tenían derecho a la asistencia pública desde la cuna hasta la tumba y que tal derecho era consustancial a su condición de ciudadano.
Sin embargo y como hemos recordado para el caso español, no sólo la sanidad sino también la educación pública, la prestación por desempleo o el resto de prestaciones, son aportaciones mayoritariamente del siglo XX.
Si no se considera la transversalidad ideológica de su génesis (y la aparición con pocos años de diferencia en países tan dispares) se puede concluir, como recientemente ha hecho Emilio Campmany, que las medidas intervencionistas promovidas por los azules del régimen “fracasaron económicamente hasta que acudió al rescate el Plan de Estabilización de 1959”. Así, por ejemplo, la regulación del mercado del trigo en la España principalmente agrícola de 1938 no se distancia mucho del Plan Manshlot que inspiró en 1968 la Política Agrícola Común de la hoy Unión Europea para garantizar una renta mínima a los agricultores y el abastecimiento garantizado de los alimentos derivados. El Banco de España sigue siendo público y parte tanto del Banco Central Europeo como del Sistema Europeo de Bancos Centrales. Para no extendernos, la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963 del falangista Girón de Velasco no sólo se mantuvo sino que se amplió con la Ley General de la Seguridad Social en 1994 y se “blindó” parcialmente con el Pacto de Toledo del año siguiente.
Sobre la evidencia de que los derechos sociales han supervivido incluso al cambio de Régimen político, tampoco es riguroso atribuir en exclusividad toda su génesis al falangismo colaboracionista con el Régimen. Los propios redactores de sus normas -véanse los casos de Pedro González Bueno, José Luis Arrese o Dionisio Martín- estuvieron marcadamente influidos por la Doctrina Social de la Iglesia como también el seguro de Paro Forzoso de 1931 lo estuvo por el Partido Socialista. La pirueta argumental de decir que el intervencionismo económico enlaza ideológicamente a falangistas con las actuales reivindicaciones de Podemos de "constitucionacionalizacion" de nuevos derechos implicaría des-responsabilizar de su colaboración con nuestro Estado del Bienestar a la Iglesia Católica, al PSOE o a la propia derecha española que siempre ha sido más proclive al intervencionismo que a la visión liberal de las cosas. Un mero repaso al programa electoral de la CEDA disgustaría profundamente al mismísimo Hayek.
La cuestión hoy día es cómo se financia este Estado al que -como explicaba Wolf- los ciudadanos creen tener derecho por su propia condición humana al margen de su viabilidad financiera. El reciente acuerdo de la Hacienda británica con la multinacional Google para que pague 172 millones de euros por impuestos recuerda que el sostenimiento del Estado del Bienestar se hace actualmente gravando las rentas menos móviles (las del trabajo frente a los beneficios empresariales) y el consumo (frente a otras formas de tributación directa como el gravamen del patrimonio). Tanto el caso de Google como hace poco el escándalo del Luxleaks con el recurso del "tax ruling" en Luxemburgo evidencian que la libertad internacional de circulación de capitales junto con la aplicación de las nuevas tecnologías de la comunicación ha permitido transformar la lista de "paraísos fiscales" en una pléyade de territorios de "fiscalidad reducida" en la que ahora residen las principales empresas del mundo, desde luego todas las del IBEX35 derivan parte de sus beneficios. Ese es uno de los grandes retos a los que hay que dar respuesta tanto para garantizar el Estado del Bienestar actual como para plantearse la "constitucionalización" de nuevos derechos. Unos derechos que tienen una raíz ideológica tan dispar como la de los propios usuarios.


martes, 9 de febrero de 2016

UNA FINGIDA CORRESPONSABILIDAD FISCAL (José Manuel Cansino en La Razón el 8/2/2016)

Más del 23 % del gasto público en España está en manos de las haciendas autonómicas; una cifra que sólo superan las provincias canadienses y los cantones suizos. En el resto de los apenas 9 países desarrollados que cuentan con haciendas subcentrales relevantes, el peso del gasto público gestionado por éstas administraciones es inferior. La diferencia estriba en que la importante capacidad de gasto autonómica se ha alcanzado en España en un corto periodo de tiempo; apenas desde 1980 para las denominadas comunidades de régimen de financiación común (un régimen que no disfruta de los privilegios fiscales de Navarra y los tres territorios vascos).

Resultado de imagen de banderas autonómicas españolas

Este año devolverá al escenario político y mediático la pugna autonómica por conseguir más recursos financieros, y escribo “más” porque en cada ronda de negociación del modelo de financiación autonómica las regiones tienen garantizado el volumen de recursos del periodo anterior. En otros términos, nunca se contempla que una región necesite menos recursos porque así resulte de la aplicación del método del “coste efectivo” que se utiliza para determinar las necesidades para financiar los servicios asociados a sus competencias. Así se estableció ya en el sistema de financiación del quinquenio 1987-1991 y así se siguió garantizando por la Ley 22/2009 que también establece que cada Comunidad parte de la financiación con la que ya contaba por lo que cada ronda de renegociación viene acompañada de un nuevo incremento de los recursos que se percibirán. La pugna será siempre en términos de insatisfacción o no de un proceso que, en esencia, es de naturaleza incrementalista si usamos el acertado término del difunto hacendista de la Universidad de Yale, Aaron Wildavsky.
En el marco de la negociación que se avecina y en mitad de un desafío secesionista que nadie puede ignorar, volverá a manosearse la invocación a la corresponsabilidad fiscal –otra de las letanías balsámicas- aunque sea de manera más cosmética que real. Trataré de sustentar esta opinión sobre el uso pirotécnico del argumento de la corresponsabilidad fiscal.
Si convenimos en que ésta viene a medir la capacidad que tiene un gobierno autonómico para decidir sobre su nivel de ingresos tributarios, tanto en términos de recaudación como en términos de reparto de la carga fiscal entre sus contribuyentes, desde luego hay que reconocer que ha sido una reivindicación constante. Particularmente lo ha sido a partir de 1997 cuando se concedió a las regiones incluidas en el régimen de financiación común competencias en materia de tipos de gravamen y deducciones en el IRPF, en el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Sin embargo, dado que la aplicación efectiva de la corresponsabilidad fiscal por los gobiernos autonómicos cuando se emplea para recaudar más tiene un coste político que aumenta conforme lo hace la recaudación y la visibilidad del impuesto, los gobiernos autonómicos en la práctica lo que han pedido han sido más recursos y no más corresponsabilidad fiscal. Así lo sostiene el profesor Carlos Monasterio en un interesante artículo que acaba de publicar en la Revista Presupuesto y Gasto Público (número 2/2015). El profesor Monasterio ha tenido una influencia muy grande en las finanzas autonómicas; también en las de Andalucía.
Sostiene este catedrático de la Universidad de Oviedo que el uso tan limitado de la corresponsabilidad fiscal en el sentido de aumentar la presión fiscal se ha compensado con una mayor apelación al endeudamiento una vez que se fue comprobando el incentivo que tenían las Comunidades Autónomas a incumplir sus “Escenarios de Consolidación Presupuestaria” (ECP). En la práctica conseguían aumentar su límite de deuda en los denominados ECP revisados.
Ni la reforma del artículo 135 de la Carta Magna para constitucionalizar el principio de estabilidad presupuestaria en 2011 ni la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria han servido para evitar que la disciplina presupuestaria de las regiones de régimen común haya sido fuertemente asimétrica. Para ello las comunidades incumplidoras con el objetivo de déficit han presentado sus preceptivos Planes Económicos Financieros como un mero formalismo sobreestimando ingresos procedentes de la enajenación de inversiones o realización de activos completamente improbables o, simplemente, sobreestimando las transferencias que se esperaban recibir. En algunas de estas prácticas también incurrió la hacienda pública autonómica en el pasado aunque en rigor haya que señalar que no es, precisamente, de las incumplidoras.
Pero lo más llamativo en esta visión retrospectiva de la financiación autonómica en España es la completa ausencia de voluntad de revisar el modelo competencial practicando el sano ejercicio democrático de revisar ¿quién debe hacer qué? En lugar de esto sigue imperando, incluso desde el punto de vista legal, la visión de que de lo único que hay que discutir es del ¿cuánto más van a disponer las comunidades autónomas?
Parecen proscritas del debate de financiación cuestiones que a todos nos incumben como, por ejemplo, cómo garantizar que el acceso y la calidad a los servicios públicos de los españoles sea similar con independencia del lugar de residencia. O como residenciar competencias educativas básicas en la Administración General del Estado para impedir que la educación se convierta en un instrumento de adoctrinamiento en el odio de unos frente al resto de españoles. Todos estos debates se abordan y resuelven democraticamente en otros países. Aquí resultan inaplazables.



miércoles, 3 de febrero de 2016

EL EMPLEO EN EL ¿MODELO ANDALUZ? (José Manuel Cansino en La Razón el 1/2/2016)

Desde que el PSOE aceptó que España había entrado en recesión después del inicio de la crisis de deuda en 2007, se extendió la letanía o mantra de que había que cambiar el sistema productivo como si ello dependiera de las decisiones de las administraciones públicas. Bien porque sonase bien la música de fondo de una economía que se podía planificar, bien por ignorancia, se hizo creer que era posible pasar de una “economía fingida” a una economía sólida y equitativa capaz de resistir próximas crisis financieras.



Pasados los años y con el apabullante resultado de la última oleada de la Encuesta de Población Activa (EPA) –casi 700.000 parados menos- cabe preguntarse si el empleo que se genera en Andalucía lo hace en los mismos sectores en los que crecen las economías regionales con mayor PIB per capita o si el crecimiento del empleo en Andalucía lo hace en sectores bien diferentes.
Las economías “ricas” que tomaremos como referencia (de mayor a menor PIB per capita) son Madrid, Vascongadas, Navarra, Cataluña y La Rioja. La primera tiene un PIB per capita de 31.004 euros de 2014 frente a los 16.884 de Andalucía.
El análisis por sectores económicos está limitado a los cuatro que considera el Instituto Nacional de Estadística (INE) –Agricultura, Industria, Construcción y Servicios- y, por tanto, engloba actividades productivas muy heterogéneas. A pesar de ello permite un cierto análisis estilizado tomando como referencia no sólo la EPA del último trimestre de 2015 sino también las otras tres oleadas del año pasado.
En conjunto, el ritmo de crecimiento del empleo andaluz es superior al del resto de regiones ricas. El empleo en Andalucía ha crecido a un ritmo el 5.1 %, sólo cerca del 4.3 % de La Rioja y muy por encima del de Madrid -2.1 %-. Pero ¿dónde se está generando empleo?
El motor del empleo en Andalucía está siendo la Agricultura a un ritmo del 22.6 % en todo el 2015; sólo Cataluña registra un crecimiento tan vigoroso del empleo en este sector (un 10.2 %). El otro motor del crecimiento regional del empleo es la industria de la Construcción que registró un aumento del empleo del 6.7 % sólo superado por el 9.8 % de Navarra y similar al de Cataluña (5,5 %). Regiones como La Rioja y Madrid siguen reduciendo el empleo en este sector a ritmos muy intensos (-15.3 y – 12.2 %).
El crecimiento del empleo en el sector servicios también es importante (3.5 %) y, sólo en este caso, coincide con la tendencia y magnitud del registrado en las regiones de mayor PIB per capita.
La gran debilidad sigue siendo el sector industrial que, con un crecimiento en el empleo modesto –el 1.1 %- está muy lejos del 9.2 % de La Rioja, del 4.6 % de Cataluña o del 3.7 % de las provincias vascas aunque, sin duda, mucho mejor que la significativa caída que muestra el empleo de este sector en Madrid (-10.2 %).
Por tanto y con las cifras en la mano, el empleo en Andalucía se generó en el pasado 2015 en la Agricultura, en la Construcción y en el sector Servicios principalmente. Sin duda se trata de un perfil muy parecido al que mostraba antes de la crisis desatada en 2007. La lección aprendida es que el discurso de vamos a cambiar el modelo productivo resulta de una oquedad muy repetida. Bien es cierto que esto hay que matizarlo si se quiere ser riguroso. Por ejemplo, hay que ver dónde está generando empleo el sector de la construcción ¿en el segmento de la segunda vivienda? ¿en el de la obra civil? ¿en el de la primera vivienda? Las implicaciones serían muy diferentes dependiendo de la respuesta.
Lo que sí es cierto es que en un problema tan crucial como el paro, el debate sigue estando lastrado por un sectarismo ideológico que nada ayuda a su solución. La facilidad con la que se estigmatizan las propuestas por parte de quienes no las comparten atrapan las reformas en una tela de araña muy tupida de tópicos y muy falta de valentía; probablemente porque quienes reparten estigmas como antes sambenitos, pastorean en el presupuesto público y tienen blindada su estabilidad laboral.

Un ejemplo de este sectarismo es el que hemos conocido esta semana en la actuación contra el responsable de la Escuela Perica de Granada. Una escuela de integración de niños venidos de diferentes culturas ha sido señalada no por premiar la labor de integración que realizaba sino por la ideología de su responsable. Un ejemplo más de una España en la que con frecuencia se gobierna “contra el otro”. El sectarismo no es un buen camino; tampoco en el camino hacia la creación de empleo digno.